Pedagogía masiva. VoxPopuli: José Renán Trujillo.

¿Qué valor agregado otorga a la discusión, si en la plaza de San Francisco de Santiago de Cali se congregaron el pasado miércoles una, quinientas,cinco mil o diez milpersonas? Solo para efecto de ingresar al tema, afirmo que hizo presencia más de una.
En medio de la manifestación, el señor presidente Petro dio a conocimiento del país, en la transmisión como alocuciónpresidencial, la firma del decreto convocando la Consulta Popular que resuelva el tema de la propuesta de reforma laboral. El análisis político lo haré después. En lo constitucional, mi opinión es que resulta de la mayor importancia la libertad del votante en el marco de este mecanismo de participaciónciudadana.
La Corte Constitucional en sentencia C-551 de 2003, precisó la importancia de garantizar la neutralidad de las preguntas formuladas a la hora de emplear los mecanismos de participaciónciudadana, ya que de lo contrario podría vulnerarse el principio de libertad del votante.
En el derecho comparado se exige una gran claridad en la formulación de las preguntas sometidas a la consideracióndel pueblo, a fin de evitar que la ciudadanía sea manipulada o que, por no ser experta en derecho constitucional, pueda sentirse confundida frente a la falta de claridad del cuestionario.
Por ejemplo, el Consejo Constitucional Francés ha establecido que toda ley que organice una consulta popular debe respetar la “doble exigencia de claridad y lealtad” (double exigencede loyauté et clarité), segúnla cual, para permitir una expresión libre del elector, las preguntas no deben ser equivocas ni inducir a engaños.
Lo que debe llevar a que lametodología en adelante,requiera de un amplio proceso pedagógico. Lo que no supone la incapacidad del elector para formarse un criterio sobre cuestiones que invitan al análisis, a la deliberación y admiten posiciones e interpretaciones distintas en una democracia pluralista.
Ello sería contrario a la confianza que el constituyente ha depositado en el pueblo para decidir y desconocería que una de las principales funciones del mecanismo es propiciar la deliberación abierta, pluralista y franca sobre asuntos que a todos interesan y afectan.
Mucho he estudiado el tema para considerar que esa doctrina del Consejo Constitucional Francés es aplicable en el caso colombiano. Es indudable que la protección de la libertad del elector implica la doble exigencia de lealtad y claridad en la redacción del texto sometido a consideración del pueblo.
En conclusión, la falta de una pedagogía masiva adicional a la incorporaciónen el texto de la ley de notas o preguntas introductorias que puedan ser consideradas como inductivas o equivocas, que empleen lenguaje emotivo o que esténincompletas, implica una amenaza al principio constitucional de libertad del sufragante lo cual podríallegar a viciar el proceso de formación de la voluntad política de la ciudadanía.