Impunidad y permanencia de la calumnia en el Archivo Digital: Luis Pérez Gutiérrez.

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El exgobernador y dirigente político Luis Pérez Gutiérrez puso sobre la mesa un debate clave en la era digital: la permanencia de la injuria y la calumnia en internet y sus efectos prolongados sobre la reputación de las personas. Según su planteamiento, la legislación actual fue diseñada para un contexto analógico, donde las publicaciones impresas tenían una vida útil limitada. Hoy, en contraste, los contenidos digitales no desaparecen, se mantienen disponibles, indexados en buscadores y accesibles en cualquier momento.

De acuerdo con esta visión, el daño reputacional ha cambiado de naturaleza. Mientras que en el pasado la calumnia era un hecho puntual y pasajero, en el entorno digital se convierte en una afectación constante y renovada. Cada consulta, cada clic y cada visualización reactivan el contenido, generando un impacto continuo. Esto elimina los tres límites que antes contenían el daño: el tiempo (las publicaciones se olvidaban), el espacio (circulaban localmente) y la memoria humana (limitada y selectiva). En internet, por el contrario, no hay olvido, no hay fronteras y los algoritmos reviven la información de manera permanente.

En este contexto, Pérez Gutiérrez resalta que, aunque la legislación contempla la prescripción de la calumnia, la jurisprudencia constitucional ha reconocido que los contenidos digitales tienen efectos prolongados. Sentencias como la T-277 de 2015, T-063 de 2017, T-020 de 2014 y SU-420 de 2019 de la Corte Constitucional de Colombia han establecido que internet permite almacenamiento indefinido, acceso permanente y una amplificación del impacto de la información, lo que prolonga la afectación al buen nombre y la honra. En consecuencia, se abre la posibilidad de exigir rectificación, eliminación o desindexación de contenidos incluso tiempo después de su publicación.

El análisis también plantea que la permanencia de contenidos falsos transforma la calumnia en una conducta continuada, manteniendo vigente la obligación de corregir. Sin embargo, advierte una tensión entre la justicia y la tecnología: mientras los jueces pueden declarar la verdad, los algoritmos pueden seguir reproduciendo la mentira, perpetuando el daño en el tiempo.

Asimismo, se introduce una reflexión de fondo sobre el “derecho al olvido digital”, entendido como la posibilidad de eliminar o desindexar información falsa o desactualizada que afecta la dignidad de las personas. En una sociedad donde la reputación se ha convertido en un activo clave para acceder a oportunidades laborales, contractuales o políticas, la permanencia de contenidos negativos puede limitar de manera significativa el desarrollo individual.

Finalmente, el planteamiento propone avanzar hacia una modernización normativa que obligue a las plataformas digitales a implementar mecanismos efectivos para corregir, eliminar o desindexar contenidos lesivos. Como referencia, menciona avances recientes en la regulación europea que buscan proteger la dignidad y reputación en entornos digitales. En ese sentido, se abre un llamado a que el próximo gobierno y el Congreso de la República lideren una actualización legal acorde con los desafíos de la era digital en Colombia.

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