DIAN Colombia, calendario tributario 2026 a la mano.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer el Calendario Tributario para el año 2026, en el que se establecen los plazos y fechas que deberán tener en cuenta personas naturales, personas jurídicas y demás contribuyentes para cumplir oportunamente con sus obligaciones tributarias ante el fisco nacional.

La entidad recordó que, conforme al Decreto 2229 de 2023, los vencimientos de las obligaciones tributarias del orden nacional se determinan en días hábiles.

A continuación, se detallan los principales plazos establecidos en el Calendario Tributario 2026:

Impuesto sobre la Renta y Complementarios – Grandes contribuyentes

Los grandes contribuyentes deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2025 y pagar el impuesto en tres cuotas, según el último dígito del NIT:

  • Primera cuota: del 10 al 23 de febrero de 2026.
  • Presentación de declaración y segunda cuota: del 13 al 24 de abril de 2026.
  • Tercera cuota: del 10 al 24 de junio de 2026.

Impuesto sobre la Renta y Complementarios – Personas jurídicas

Las personas jurídicas, sociedades y contribuyentes del Régimen Tributario Especial no calificados como grandes contribuyentes deberán declarar y pagar el impuesto en dos cuotas iguales, de acuerdo con el último dígito del NIT:

  • Declaración y primera cuota: del 12 al 26 de mayo de 2026.
  • Segunda cuota: del 9 al 23 de julio de 2026.

Las entidades del sector cooperativo del Régimen Tributario Especial deberán cumplir estas obligaciones en los mismos plazos.

Presencia Económica Significativa (PES) en Colombia

Las personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia con Presencia Económica Significativa que opten por declarar mediante el formulario definido por la DIAN deberán realizar pagos anticipados bimestrales, así:

  • Enero–febrero: hasta el 13 de marzo de 2026.
  • Marzo–abril: hasta el 15 de mayo de 2026.
  • Mayo–junio: hasta el 14 de julio de 2026.
  • Julio–agosto: hasta el 14 de septiembre de 2026.
  • Septiembre–octubre: hasta el 17 de noviembre de 2026.
  • Noviembre–diciembre: hasta el 18 de enero de 2027.

La declaración anual deberá presentarse a más tardar el 22 de abril de 2026.

Impuesto sobre la Renta – Personas naturales y sucesiones ilíquidas

Los plazos para la presentación y pago del impuesto correspondiente al año gravable 2025 serán entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

Las personas naturales residentes en el exterior deberán cumplir con estos mismos plazos.

Régimen Tributario Especial

Los contribuyentes pertenecientes a este régimen deberán actualizar anualmente el registro web a más tardar el 30 de junio de 2026, independientemente del NIT.

Quienes hayan obtenido ingresos superiores a 160.000 UVT deberán presentar, en la misma fecha, la memoria económica. El incumplimiento de estas obligaciones implica la reclasificación al Régimen Ordinario.

Declaración anual de activos en el exterior

Están obligados a presentar esta declaración quienes posean activos en el exterior con un valor superior a 2.000 UVT ($104.748.000) al 1 de enero de 2026:

  • Grandes contribuyentes: del 13 al 24 de abril de 2026.
  • Personas jurídicas: del 12 al 26 de mayo de 2026.
  • Personas naturales: del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026.

Precios de transferencia

La declaración informativa y la documentación comprobatoria deberán presentarse entre el 9 y el 22 de septiembre de 2026, según el último dígito del NIT.

El informe país por país podrá presentarse hasta el 15 de diciembre de 2026, independientemente del NIT.

Impuesto sobre las Ventas (IVA)

Los responsables del IVA con ingresos iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000) deberán presentar y pagar la declaración de manera bimestral.
Quienes tengan ingresos inferiores a ese monto deberán hacerlo con periodicidad cuatrimestral.

Los vencimientos varían según el periodo y el último dígito del NIT, extendiéndose entre marzo de 2026 y enero de 2027, según lo establecido en el calendario oficial.

Otros impuestos y obligaciones

El calendario también fija plazos para:

  • Impuesto Nacional al Consumo.
  • Retención en la fuente.
  • Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM.
  • Impuesto Nacional al Carbono.
  • Régimen Simple de Tributación (RST).
  • Impuesto al Patrimonio.
  • Impuesto a productos plásticos de un solo uso.
  • Impuesto a bebidas y alimentos ultraprocesados.
  • Actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).

Valor de la UVT para 2026

Mediante la Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025, la DIAN estableció que el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para 2026 será de $52.374.

Los vencimientos completos definidos en el Decreto 2229 de 2023 pueden consultarse en el Calendario Tributario 2026, disponible en:
https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx

Con información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
(Fin/aga/cpq)

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