Corte Constitucional advierte sobre violencia institucional y garantiza derechos de las mujeres víctimas de agresión

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La Corte Constitucional de Colombia señaló que la violencia institucional no solo se refleja en actos directos, sino también en la tolerancia y la ineficacia de las instituciones, así como en las omisiones de los funcionarios que generan daño.

En una reciente decisión, el tribunal recalcó que las mujeres víctimas de violencia tienen derecho a conocer el estado de las investigaciones y a recibir atención sin prejuicios ni estereotipos de género por parte de funcionarios administrativos y judiciales. Asimismo, enfatizó que las medidas de protección deben ser efectivas y adecuadas para eliminar la violencia o las amenazas denunciadas.

El alto tribunal recordó la importancia de la acción de protección por violencia intrafamiliar, contemplada en el artículo 4 de la Ley 294 de 1996, que permite a cualquier persona víctima de agresión física, psicológica, amenazas o cualquier forma de maltrato dentro de su familia solicitar medidas inmediatas ante el Comisario de Familia o, en su defecto, ante un juez civil o promiscuo municipal.

🟤 Consulta el texto completo de la decisión aquí: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2025/t-242-25.htm

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