Ley de garantías, Vox Populi: José Renán Trujillo.

Vox Populi. Cuando estudiamos en el Congreso la propuesta de decretar una ley que fuera el sustento garantista para evitar el uso ilegal de todo lo relacionado con el sector público en beneficio de candidaturas desde la Presidencia de la República y la Vice-presidencia, pasando por el congreso y los entes territoriales; terminamos redactando lo que hoy se aplica en el territorio nacional como ley 996 de 2005, comúnmente conocida como la Ley de Garantías.
El objetivo que buscamos como legisladores al expedir esta ley fue garantizar que las elecciones de los cargos sean derivadas de la voluntad popular, sin que incidan factores que puedan alterar la objetividad y transparencia en el proceso electoral.
Incluimos por ello entre sus principales objetivos:
Garantizar que la voluntad de los electores no se vea persuadida por el actuar de los servidores públicos.
Evitar que las vacantes dentro de las entidades públicas sean usadas con el objetivo de influenciar la voluntad de los electores y que la vinculación con el Estado sea usada como medio para buscar favores políticos.
No poder celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos; ni participar, promover y destinar recursos públicos de las Entidades que tienen a su cargo o en aquellas en las que participen de sus Juntas Directivas o destinar recursos públicos para reuniones de campañas electorales.
No permitir autorizar el uso de bienes muebles o inmuebles de propiedad del Estado para actividades proselitistas; asimismo, no permitir el alojamiento y transporte de electores de cualquier candidato político o su vocero.
No poder inaugurar obras o iniciar programas sociales en reuniones en las que participen candidatos a cargos de elección popular o sus voceros.
No poder modificar la nómina de las Entidades, salvo que se trate de provisión de cargos derivada de faltas definitivas (muerte o renuncia irrevocable debidamente aceptada) o casos donde sean aplicableslas normas de carrera administrativa.
Estas restricciones se mantienen vigentes durante los cuatro meses anteriores a las elecciones. Cuando se trata de elecciones presidenciales, adicionalmente a las anteriores restricciones, se prohíbe el uso de la modalidad de contratación directa por parte de todos los entes del Estado.
Sería ideal que nuestra democracia girara en torno a las veedurías ciudadanas entendiendo que cada ciudadano, por el hecho de serlo, sea un veedor que contribuya en garantizar la transparencia antes, durante y después de los procesos electorales.
Antes que entre en aplicación la ley vigente, una vez más,reitero mi solicitud publica a la administración municipalsobre la presentación de un informe detallado del avance que se tenga al día de hoy del crédito por la suma de 3.5 billones para ser invertidos en el desarrollo de la ciudad.