marzo 26, 2025

Protesta por uso de Niños Embera en Bogotá 2025.

La Secretaría Distrital de Integración Social activó las rutas para el restablecimiento de sus derechos por instrumentalización en protestas por bloqueo de TransMilenio.

La Secretaría de Educación garantiza condiciones de acceso y permanencia para todos las niñas y niños de la población indígena.

Instrumentalizar niñas y niños en protestas o manifestaciones está tipificado como un delito en el Código Penal colombiano (Ley 599 de 2000).

Integración Social adelanta denuncia penal ante Fiscalía General de la Nación.

La Secretaría de Integración Social informa que el equipo de Ciudad Niñez identificó aproximadamente 20 niñas y niños, entre los 3 y los 8 años, de la comunidad Emberá Katío, que están siendo presuntamente instrumentalizados por adultos, haciéndolos partícipes de protestas y bloqueos de TransMilenio sobre la calle 26.

Esta situación se registra en este momento en una protesta de comunidad indígena en la calle 26 a la altura de la estación Ciudad Universitaria-Lotería de Bogotá, quienes se encuentran sin el acompañamiento de padres o adultos responsables de su cuidado y protección.

Los datos entregados por los gestores de convivencia indican que la protesta se encuentra en la estación Salitre El Greco en inmediaciones de la sede de la Secretaría de Educación.

En respuesta a las demandas realizadas por parte de los voceros de la comunidad Emberá, la Secretaría de Educación del Distrito (SED) indicó que continúa garantizando el derecho a la educación mediante el acceso al sistema educativo, la acogida de estudiantes en instituciones distritales y la implementación de estrategias de bienestar y permanencia, como el Programa de Alimentación Escolar (PAE), el transporte escolar, la entrega de kits escolares, y la presencia de docentes y dinamizadores culturales con un enfoque intercultural y étnico.

En ningún caso, esta garantía está sujeta a contrataciones o vinculaciones con entidades de la Administración Distrital. Los derechos de los estudiantes no se negocian.

Por su parte, la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación manifiesta que, desde el 9 de septiembre de 2024, tras el retorno de la población asentada en el Parque Nacional, la Administración Distrital ha ofrecido medidas transitorias de alojamiento a 57 personas con intencionalidad de reubicación, representadas por el vocero Miguel Ángel Sintúa, en tanto se adelanta el proceso de reubicación liderado por la Unidad para las Víctimas.

Si bien el compromiso de la Administración Distrital fue otorgar medidas de alojamiento por 2 meses, esta se ha extendido en el tiempo, debido a que no se han llevado a cabo el proceso de reubicación. Esta medida incluye garantías para el alojamiento, kit de aseo, y la alimentación para la población, así como el acceso a la oferta social del Distrito.

La Secretaría de Integración Social denuncianuna presunta vulneración de derechos fundamentales:

Involucrar a niñas y niños en protestas constituye una forma de instrumentalización, donde su presencia se utiliza para reforzar demandas de adultos. Este hecho se da en contravía del principio del interés superior del niño, que debe prevalecer en todas las actuaciones relacionadas con las infancias.

La instrumentalización de niñas y niños en protestas o manifestaciones que está tipificado como un delito penal según el Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000).

Esta práctica plantea serias preocupaciones éticas y de derechos humanos, ya que los niños pueden estar en riesgo y no siempre comprenden las implicaciones de su participación.

Ante la situación, el equipo de la Unidad Móvil de Ciudad Niñez de Integración Social activó la ruta de restablecimiento de derechos con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar e informó a la Policía de Infancia y Adolescencia, dado que esta conducta pone en riesgo la integridad y protección de las niñas y niños partícipes en la protesta.

El Distrito rechaza estas actuaciones y reitera el llamado a la corresponsabilidad de las familias, la sociedad y el Estado en la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, tal como lo indica el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 10 de la Ley 1098 de 2006, que establece que los derechos de la niñez son prevalentes y asigna a la familia, la sociedad y el Estado en la obligación de asistirlos y protegerlos, de manera coordinada y complementaria para garantizar su desarrollo armónico e integral.

De conformidad con estos hechos, la Secretaría de Integración Social se encuentra adelantando una denuncia penal ante Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se investiguen los responsables de estas conductas.

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