Qué opina de la propuesta Consulta Popular por decreto?

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Consulta popular por decreto: ¿Es viable la nueva propuesta del Gobierno ante la Corte Constitucional?

La propuesta del presidente Gustavo Petro de convocar una consulta popular por decreto, sin la aprobación del Congreso y con remisión directa a la Corte Constitucional, ha encendido el debate jurídico y político en Colombia.

La iniciativa, aún sin detalles oficiales, busca someter al pueblo una serie de preguntas relacionadas con las reformas sociales impulsadas por el Ejecutivo —como salud, pensiones y trabajo—, pero acudiendo directamente al control constitucional sin el trámite ordinario legislativo.

⚖️ ¿Qué dice la ley?

La Constitución Política (Art. 103) establece que la consulta popular debe ser aprobada por el Congreso y luego revisada por la Corte Constitucional. Sin embargo, el gobierno plantea ahora una vía alternativa, según la cual se expediría un decreto presidencial para convocar la consulta, y luego se sometería ese decreto a revisión automática de constitucionalidad.

Expertos advierten que esta ruta no tiene precedentes claros. La Ley 1757 de 2015 regula los mecanismos de participación ciudadana, pero no contempla expresamente una consulta convocada por decreto sin intervención legislativa.

📌 Opiniones jurídicas encontradas

  • Para algunos constitucionalistas, como Rodrigo Uprimny, la propuesta podría ser inconstitucional, ya que omite un paso esencial del procedimiento democrático: el aval del Congreso, que actúa como contrapeso institucional.
  • Otros juristas señalan que el Presidente puede impulsar el debate, pero no puede reemplazar al Congreso con un decreto en este tipo de decisiones.
  • Desde el oficialismo, la medida se justifica como un mecanismo legítimo frente a lo que consideran un bloqueo sistemático del Legislativo a las reformas sociales.

🧩 ¿Qué se busca consultar?

Aunque no se conocen las preguntas oficiales, el presidente ha insistido en llevar al pueblo temas clave como la reforma al sistema de salud, laboral y pensional, los cuales han tenido fuertes obstáculos en el trámite parlamentario.

La intención, según fuentes del Gobierno, sería “consultar al pueblo si respalda las reformas del cambio”, lo que representaría un plebiscito político más que jurídico, sin efectos normativos inmediatos, pero con alto impacto simbólico.

🧭 ¿Una consulta legítima o un riesgo institucional?

La estrategia divide opiniones:

  • Para algunos, es un ejercicio de democracia directa y participación ciudadana en tiempos de crisis institucional.
  • Para otros, es una maniobra riesgosa que tensiona el orden constitucional y podría generar un choque de poderes entre el Ejecutivo, el Congreso y la Corte.

🔍 ¿Qué sigue?

El país queda a la espera de la decisión de la Corte Constitucional, que deberá evaluar la legalidad del decreto, su conformidad con el procedimiento constitucional y su impacto en la separación de poderes.

En un contexto de alta polarización política, la Corte tiene ahora la responsabilidad de definir si es jurídicamente válido que el presidente convoque una consulta popular sin la intervención del Congreso. Su decisión podría marcar un precedente histórico en el equilibrio democrático colombiano.

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